Con motivo de haberse anunciado la vacante de la plaza de Secretario del Excmo. Ayuntamiento de San Sebastián, se ha dirigido el Consistorio de los Juegos Florales euskaros a dicha corporación, exponiéndole los argumentos de razón y de derecho que aconsejan considerar, como requisito para la obtención del cargo, el conocimiento de nuestro idioma nativo.
La acogida, que ha merecido por parte de la corporación municipal, no puede ser más halagüeña, como lo comprueba la comunicación con que ha contestado la misma, y cuyo tenor literal es como sigue:
"Se ha enterado el Ayuntamiento, con el mayor aprecio, del atento escrito del Consistorio de su digna presidencia, encaminado a demostrar la conveniencia de que el futuro Secretario de esta municipalidad posea la lengua bascongada.
Bien hubiera querido el Ayuntamiento exigir esa circunstancia en el anuncio para la provisión de dicha plaza, pero considerando que de hacerlo así incurriría quizá en una extralimitación legal, ha preferido prescindir de ella, sin perjuicio de tenerla en cuenta al hacer la clasificación de los aspirantes, pues la considera de reconocida conveniencia.
Lo que tengo el honor de manifestar á V. como resolución á su mencionado escrito.
Dios guarde á V. muchos años. San Sebastián 6 de Mayo de 1886"
Consistorio de Juegos Florales Euskaros. San Sebastián. Bienio 1886-1888.
Presidente, Rufino Machiandiarena. Vicepresidente, Manuel Gorostidi. Tesorero, Jose M. Beitia. Secretario perpétuo, Antonio Arzac. Vicesecretario, Carmelo Echegaray. Vocales, Victoriano Iraola, Marcelino Soroa.
Euskal-Erria. Revista bascongada. Mayo 1886. Establecimiento tipográfico y librería de Antonio Baroja, Plaza de la Constitución. San Sebastián.
UN ACUERDO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
RELACIONADO CON E L BASCUENCE
En sesión celebrada el día 8 del actual, y con motivo de haber hecho un señor concejal una proposición, que fue discutida, y respecto a la cuál había encontradas opiniones, fue formulada para votación la siguiente pregunta: "¿Estima el Ayuntamiento condición indispensable el conocimiento del idioma bascongado para aspirar a las plaza de celadores de arbitrios?" Y la votación dió resultado negativo; acordándose que sean preferidos, en igualdad de condiciones, los que posean el idioma bascongado.
Tanto por el respeto, tradicional en Euskaria, hacia los acuerdos de sus Corporaciones, como porque pudieran atribuirse á pasión nuestras palabras, nada queremos decir, por cuenta propia, sobre este asunto; pero la Euskal-Erria faltaría a su misión, si no hiciese el debido aprecio de cuanto acerca de aquel han publicado los periódicos locales, y que por orden de antigüedad de los mismos se transcribe a continuación:
GURE EUSKARA MAITIA
Ha sido por todo extremo dolorosa la impresión que en la ciudad ha causado la nota discordante del Ayuntamiento, acordando que no sea condición necesaria el conocimiento del vascuence para el desempeño de los cargos municipales, precisamente en los empleos en que más se impone esta condición, como los de sereno, celadores municipales y sobre todo arbitrios.
Sin el justificado clamoreo que esta medida ha levantado en la opinión, nosotros, a quienes podrán igualar si acaso, mas no aventajar en amor a las cosas de esta tierra, hubiéramos aguardado á que la reflexión hiciera desistir a la Corporación de un acuerdo tan descabellado, a fin de que no se dijera que una sistemática oposición guía nuestros actos, pero habiéndose ocupado de ello una parte de la prensa, creíamos hacernos cómplices con nuestro silencio de un atentado tan manifiesto á nuestra lengua euskara (...).
El Guipuzcoano
(Diario liberal-reformista)
AGUR GURE DONOSTIYA!
(...) el Ayuntamiento ha tenido el desacierto en su sesión última, de acordar que no se exija el vascuence á los aspirantes á celadores de arbitrios. (...) es altamente sensible que lejos de procurarse que todos estos empleados del Municipio sepan la lengua tradicional y propia del país, nos vayamos castellanizando hasta el punto de que esta ciudad parezca ya cualquier cosa menos la capital de Guipúzcoa.
El Fuerista
(Diario católico)
UNA VOTAClON
Algunas personas nos piden que hagamos pública la votación recaída acerca de la proposición que en la última sesión del Ayuntamiento presentó el Sr. Echeverría (D. Feliciano) y combatió el Sr. Iraola, determinando que á los aspirantes á las plazas de celadores de arbitrios no se les exija el conocimiento del idioma bascongado.
La proposición del Sr. Echeverría fue aprobada por su voto y el de los Srs. Lasarte, Garat, Nerecan, Urcola, Bermingham, Acha, Isla, Petrirena y Samaniego. Total: 11.
Votaron en contra los Sres. Irastorza (D.F.), Lizariturry, Elorza, Irastorza (D.I.), Iraola, Azqueta y Otero. Total: 7.
La Libertad
(Diario liberal republicano)
PROTESTAMOS
El acuerdo adoptado por nuestra corporación municipal en su sesión última, declarando por 11 votos contra 7, que el conocimiento del vascuence no es circunstancia indispensable para obtener las plazas de celadores de arbirios, ha causado, como no podía menos de suceder, general sorpresa y dolorosa impresión en el vecindario (...).
(...) Si no se rectifica esta conducta, contra la cual protestamos con todo respeto, pero con toda energía también, entonces más o menos tarde llegará el momento de exclamar con desolada angustia:
Euskal-erria eta Euskaldunak
ill ziran!
La Unión Vascongada
(Diario político, literario y de noticias)
EUSKAL-ERRIA. Revista bascongada. Junio 1981. Establecimiento tipográfico de I. R. Baroja, Plaza de la Constitución. San Sebastián.
EL BASCUENCE EN LAS ESCUELAS
Diputación Provincial de Guipuzcoa. Dictamen presentado á la misma por la Comisión de Fomento y aprobado en sesión de 12 de Noviembre de 1.895.
Excma. Diputación Provincial de Guipúzcoa. Exmo. Sr.: La Corporación municipal de San Sebastián, mirando con celo digno de encomio por los intereses confiados a su custodia, entre los cuales no son los menos importantes ni los de menos trascendencia los que se relacionan con la enseñanza de la niñez, se ha dirigido a V.E. exponiendo su pensamiento de que con el concurso de V.E. y con el de todos los pueblos de la Provincia, se practiquen las gestiones conducentes, á fin de obtener de los Poderes públicos que, o bien, respetando los derechos adquiridos, confieran á los Ayuntamientos la facultad de nombrar a los Maestros y Maestras de Escuelas Públicas obligatorias que hayan de desempeñar en lo sucesivo sus cargos en las de Guipúzcoa, o bien se exija como condición indispensable á los aspirantes, en las oposiciones para dichas escuelas, la de poseer el idioma bascongado (...).
(...) La Comisión de Fomento, basándose en cuanto queda relatado, opina que V.E. debe acordar dirigirse á las Diputaciones hermanas de Bizcaya, Alaba y Nabarra, solicitando su concurso para que, de mutua conformidad, se eleve una respetuosa exposición al Excmo. Sr. Ministro de Fomento, en súplica de que se sirva ordenar que cuando: hayan de proveerse las vacantes que vayan ocurriendo en las Escuelas públicas de ambos sexos de los pueblos en que se mantiene viva la lengua bascongada, se exija a los Maestros y Maestras que hayan de regentarlas, como condición indispensable, el conocimiento de esa lengua; y que lejos de conservarse esa absoluta prohibición del uso del bascuence que hoy rige en los establecimientos de la primera enseñanza, se vaya iniciando a los niños en el conocimiento de la lengua oficial por ejercicios graduales de traducción del bascuence al castellano (...).
San Sebastián 12 de Noviembre de 1.895. Jesús Alzuru. Manuel Lizariturry. Tomás Balbas. Ignacio Echaide. José de Elosegui y Zabala.
EUSKAL-ERRIA. Revista bascongada. Noviembre 1895. Establecimiento tipográfico I.R. Baroja, Plaza de la Constitución. San Sebastián.
UN ACUERDO PATRIOTICO
La Excma. Diputación Foral y Provincial de Nabarra ha dirigido a la de Guipuzcoa la siguiente hermosísima comunicación, adhiriéndose al pensamiento de obtener la declaración preceptiva de la enseñanza de nuestro idioma en territorio euskaro.
"Excmo. Sr.:
Esta Diputación se ha enterado con imponderable complacencia del erudito y patriótico informe emitido por la Comisión de Fomento de V.E. y aprobado en sesión de 12 de Noviembre del pasado año, referente á que se exija á los Maestros y Maestras que hayan de regentar las Escuelas del país bascongado el conocimiento de la lengua euskara (...).
(...) En un orden de consideraciones más ámplio, el Estado que se arrogue la facultad de asegurar la preponderancia de una de las lenguas regionales, aunque sea la más extendida dentro de la nación, con perjuicio de las demás, cuyo aniquilamiento persigue conjuntamente, ora invoque el provecho de la común cultura, ora una mal entendida unidad mecánica y externa, se rebaja á instrumento de hegemonías injustas y causa notorio agravio á la hermandad nacional.
La Diputación de Nabarra, atenta a conservar rasgo diferencial tan típico y de abolengo tan añejo é ilustre como es la lengua bascongada, ha acordado gestionar cerca del Gobierno de S.M. la declaración preceptiva de la enseñanza del bascuence en las Escuelas del territorio bascongado.
(...) Con la fórmula adoptada, cualquiera que sea la autoridad revestida con el derecho de nombrar los maestros, autoridad que por fuero tienen aquí, los Ayuntamientos, habrá de exigirse á las personas que hayan de regentar las escuelas, como condición ineludible el conocimiento de la lengua euskara, que es precisamente la laudable y patriótica moción de V.E. (...).
Dios guarde a V.E. muchos años. Pamplona 11 de Enero de 1896. La Diputación de Nabarra, y en su nombre, Ramón Eseverri. Pedro Uranga, Secretario. Excma. Diputación Provincial de Guipuzcoa".
EUSKAL-ERRIA. Revista bascongada. Enero 1896. Establecimiento tipográfico I . R . Baroja, Plaza de la Constitución. San Sebastián.
EN FAVOR DEL BASCUENCE
En sesión celebrada el 18 del corriente por la Excma. Diputación Provincial de Bizkaya, el Sr. Beristain, comisionado por la corporación para presenciar los exámenes de bascuence de la cátedra del señor Azkue, manifestó que le sorprendieron los adelantos de los alumnos.
(...) El Sr. Mata, en expresivas frases, manifestó que después de haber oído las halagüeñas explicaciones dadas por el Sr. Beristain respecto á los alumnos de la cátedra de bascuence y para que sirva de aliciente á los que posean nuestra lengua nativa debe la Diputación tomar alguna disposición para el fomento de la misma.
Al efecto propone "que para todos los empleos ó puestos que vaquen y sean de cargo de la Diputación se preferirá en iguales condiciones á los que sepan bascuence".
Se tomó en consideración, acordándose que pasara para su informe á la comisión de Fomento.
EUSKAL-ERRIA. Revista bascongada. Mayo 1898. Imprenta de hijos de I.R. Baroja, plaza de la Constitución. San Sebastián.